1. Ámbito de aplicación de las presentes condiciones generales
1.1. Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales de la contratación, resulta de aplicación a la contratación realizada por BASKONIA KIROL HIRIA, SL (en adelante BAKH), provista del NIF B-01426105 y con domicilio en la calle Paseo de la Biosfera, 2, de Vitoria-Gasteiz (Álava), con los usuarios finales, y cuyo objeto sea, el uso y disfrute de las instalaciones deportivas, así como de los distintos servicios relacionados.
1.2. Exclusiones
Quedan excluidos del ámbito de las presentes condiciones,
- Los contratos que sean suscritos con sociedades, para la contratación de uso y disfrute de las instalaciones y los servicios, del colectivo de sus trabajadores.
- Los contratos que sean suscritos con usuarios, cuyo objeto quede limitado a la prestación de un servicio determinado, como carácter aislado, como el acceso a una determinada actividad o cursillo.
- Accesos puntuales y otros servicios.
1.3. Modificación de las condiciones
Las presente condiciones podrán ser objeto de modificación, si las circunstancias así lo exigen. Dicha modificación se realizará, previa información a los usuarios, a fin de que puedan proceder al ejercicio de cuantas acciones les asistan. En cualquier caso, la falta de rechazo expreso, ante la notificación de modificación, se entenderá aceptación expresa de la misma.
2. Condiciones de socio
2.1. Socio
Se considera socio a toda aquella persona que teniendo voluntad de uso y disfrute de las instalaciones, se inscribe en alguna de las modalidades propuesta por la organización de BAKH bajo las condiciones y requisitos establecidos para ello.
En concreto, el socio tendrá acceso, a las siguientes instalaciones:
- Instalaciones generales.
- Piscinas exteriores.
- Piscinas cubiertas.
- Zona social.
- Zonas verdes.
- Pista de Hielo en sesiones públicas.
- Reserva de instalaciones y servicios acorde a la categoría de socio y servicios adicionales contratados.
Además, la condición de socio, permite disponer de prioridad en la reserva, así como de descuentos y promociones en las distintas actividades, cursos y demás productos ofertados desde la organización de BAKH. Asimismo, faculta al uso de los servicios de restauración, BAKH KIDS, eventos organizados, fiestas, etc.
Estas ofertas serán, convenientemente comunicadas a todos los socios.
2.2. Categorías de socio
Se establecen las siguientes categorías de socio:
- Bebé. Son socios de esta categoría, aquellos usuarios menores de 4 años.
- Infantil. Son socios de esta categoría, aquellos usuarios cuya edad se encuentre comprendida entre los 4 y los 15 años, ambos inclusive.
- Joven. Son socios de esta categoría, aquellos usuarios cuya edad se encuentre comprendida entre los 16 y 23 años, ambos inclusive.
- Adulto. Son socios de esta categoría, aquellos usuarios cuya edad se encuentre comprendida entre los 24 y los 64 años, ambos inclusive.
- Senior. Son socios de esta categoría, aquellos usuarios cuya edad sea de 65 años o más.
El cambio de cuota correspondiente se realizará coincidiendo con el día de cambio de categoría ajustándose en el siguiente giro.
2.3. Requisitos para la adquisición de la condición de socio
Son requisitos para la adquisición de la condición de socio:
- La suscripción de las condiciones particulares del contrato de socio.
- El abono de la matricula.
- El abono de la cuota de socio pactada en las condiciones particulares.
- Aceptación del reglamento de uso de la instalación.
2.4. Matricula
El pago de la matrícula, requisito inicial para acceder a la condición de socio, se realizará una única vez, entre tanto no se cause baja de la instalación y por lo tanto de la condición de socio.
La referida matrícula, puede hacerse efectiva a través de las siguientes modalidades:
- Individual. Se acogen a esta modalidad, los socios que se inscriben individualmente.
- Pareja. Se acogen a esta modalidad, los socios que se inscriban de forma conjunta, con su cónyuge o pareja de hecho, debiendo acreditarse, a través de documentación oficial, el referido vínculo.
- Familiar. Se acogen a esta modalidad, los socios que se inscriban, de forma conjunta, a distintos miembros de su unidad familiar o convivencial, debiendo acreditarse, a través de documentación oficial, el referido vínculo
2.5. Cuota de socio
Ostentar la condición de socio llevará aparejada el pago de una cuota.
Esta cuota podrá ser abonada de forma, MENSUAL*, TRIMESTRAL o ANUAL.
El tipo de cuota de socio mensual, llevará siempre incluida la contratación de alguna de las modalidades de complemento de socio.
Independientemente de la modalidad de matrícula, el pago de la cuota de socio, se realiza de forma individual.
Dicha cuota, se revisará anualmente, siendo los criterios de cálculo los siguientes:
- Tipo de cuota (Mensual / Trimestral / Anual)
- Edad del socio.
- Antigüedad en la condición de socio.
A la cuota a abonar, podrán aplicarse descuentos, en atención a circunstancias de carácter general y objetivas, tales como ser trabajador de la empresa, otras similares que la dirección pueda determinar.
3. Contratación adicional de complementos de socio
3.1. De la contratación de complementos de socio
El socio podrá optar por contratar servicios adicionales a los incluidos en su condición de socio, de acuerdo con las siguientes modalidades que se describen a continuación.
Para la contratación de los complementos de socio, resulta imprescindible ostentar, con carácter previo la condición de socio.
3.2. Modalidades
Se establecen las siguientes modalidades,
- FITNESS. Además del acceso a las áreas ya incluidas en la condición de socio, este complemento incluye: acceso al área de fitness y a las actividades dirigidas desarrolladas dentro de dicha área.
- PREMIUM. Además del acceso a las áreas ya incluidas en la condición de socio, este complemento incluye: acceso al área de fitness y a las actividades dirigidas desarrolladas dentro de dicha área, sala de cycling, SPA y parking cubierto.
- PÁDEL. Además del acceso a las áreas ya incluidas en la condición de socio, este complemento incluye: Descuentos en alquiler de pistas de pádel y cursos, acceso a grupos de juego por niveles, Plazo de reserva: 15 días + 1 día mes.
- RAQUETA. Además del acceso a las áreas ya incluidas en la condición de socio, este complemento incluye: Descuentos en alquiler de pistas de pádel y cursos, acceso al programa acceso a grupos de juego por niveles, Plazo de reserva: 15 días + 1 día mes, acceso al área de SPA y parking cubierto.
- TODO INCLUIDO. Además del acceso a las áreas ya incluidas en la condición de socio, este complemento incluye: acceso al área de fitness y a las actividades dirigidas desarrolladas dentro de dicha área, sala de cycling , SPA y parking cubierto.
Incluye así mismo el Servicio de toalla diario, descuentos en alquiler de pistas de pádel y cursos, acceso al programa acceso a grupos de juego por niveles, plazo de reserva: 15 días + 1 día mes.
Con la contratación de cualquier complemento de socio se recibirán descuentos en servicios como Wellness, Nutrición, actividades de Corpore Sano, contratación de servicios personales, etc.
La contratación de los diferentes complementos de socio adicionales podrá realizarse mensual o anualmente (Modo congela) aplicándose la tarifa correspondiente acorde a la duración del contrato.
4. Contratación adicional de actividades programadas y cursos
El socio podrá optar por contratar actividades programadas y cursos adicionales a los incluidos en su condición de socio y posibles complementos de socio ya contratados.
Las condiciones de dicha contratación estarán recogidas de forma particular en un contrato independiente.
El pago de la actividad o cursillo se realiza de forma individual.
5. Duración y suspensión
5.1. Duración del contrato
El plazo de duración del contrato, será el establecido en las condiciones particulares y dependerá, de las distintas modalidades contratadas.
Contratación de la condición de socios
En el supuesto del contrato por el que se adquiere la condición de socio, la duración del mismo, podrá ser mensual, trimestral o anual.
En el caso de primeras contrataciones de la condición de socio, cuando la duración pactada sea la mensual, este plazo coincidirá, con el periodo que reste para concluir el mes natural, de forma tal que, el contrato concluya el último día del referido mes en curso.
Como ya ha quedado dicho, la contratación mensual de la condición de socio, lleva aparejada, la contratación de algún complemento de socio adicional.
En el caso de primeras contrataciones de la condición de socio cuando la duración pactada sea la trimestral, este plazo coincidirá con el periodo que reste para concluir el trimestre natural en curso, dividiéndose el año en los siguientes trimestres:
- Enero a marzo.
- Abril a junio.
- Julio a septiembre.
- Octubre a diciembre.
De este formal, el contrato concluirá, el último día de los referidos trimestres.
En el caso de primeras contrataciones de la condición de socio, cuando la duración pactada sea la anual, este plazo coincidirá con el periodo que reste para concluir el año natural, de forma tal que, el contrato concluirá, el 31 de diciembre del año en curso.
Durante los meses de junio, julio y agosto, no será posible la contratación de la condición de socio, por el mes o trimestre en curso.
Contratación de complementos de socios.
En el supuesto del contrato inicial de los complementos de socio, la duración del mismo, podrá ser mensual o anual (Modo congela).
En el caso de primeras contrataciones de complementos desocio, cuando la duración pactada sea mensual, este plazo se extenderá desde el día de la contratación hasta el siguiente mes completo, de forma tal que, el contrato concluye el último día de del primer mes completo.
En la primera contratación de un complemento de socio cuando la duración pactada sea anual, este plazo coincidirá con el periodo que reste para concluir el año natural, de forma tal que, el contrato concluirá, el 31 de diciembre del año en curso.
En cualquier caso, todos los contratos tanto de socio como de complemento, se renovarán de forma automática, por mensualidades, trimestres o anualidades naturales, dependiendo de la modalidad inicialmente contratada, salvo que el socio manifieste su intención de no prorrogar el mismo con una antelación de siete (7) días naturales a su finalización.
Para causar baja de la condición de socio o de la contratación de cualquiera de los complementos de socios se deberá presentar, dentro del plazo establecido, un escrito firmado a la dirección del centro a través del servicio de recepción.
5.2. Suspensión temporal del contrato
Cualquier persona que por motivos laborales o de estudios se traslade por período superiores o igual a 6 meses, teniendo nueva residencia a más de 100 km de Vitoria- Gasteiz, podrá solicitar la baja temporal del BAKH. Dicha baja temporal se solicitará por escrito a la dirección acreditando documentalmente el traslado de residencia.
Constatado el cumplimiento de los referidos requisitos, se procederá a la suspensión del contrato, por periodo de un año.
Si transcurrido el indicado periodo, continúa concurriendo la causa que motivo la suspensión, la misma podrá prorrogarse, por periodos análogos, hasta un máximo de cuatro prórrogas, resultado una duración máxima de la suspensión de cinco (5) años. A tal fin, el interesado, deberá solicitar la prórroga de la suspensión, con quince (15) días naturales a la finalización del plazo inicial o de cada una de sus prórrogas, acreditando nuevamente la concurrencia de las causas de suspensión.
6. Precio y forma de pago
6.1. Precio
El precio a abonar por la condición de socio y el de los diferentes complementos de socio, serán revisados y publicados por BAKH, anualmente. Con anterioridad al 15 de diciembre de año en curso, BAKH, publicitará las tarifas que resultan de aplicación para el siguiente año. Dicha información será remitida a los socios, a través del correo electrónico designado a tal fin e, igualmente, se podrán a disposición de todos los usuarios, en el servicio de recepción y atención al cliente.
En cuanto a la contratación adicional de cursos, actividades adicionales, alquileres u otros servicios, las tarifas a aplicar podrán ser revisadas de forma previa al inicio de cada temporada correspondiente.
Estas tarifas estarán a disposición de todos los usuarios, en el servicio de recepción y atención al cliente.
En el supuesto de, que el periodo en el que se ha prestado el servicio, no coincida con el año, trimestre, bimestre o mes natural, al haberse realizado la primera contratación con posterioridad a su inicio, el socio abonará la parte proporcional de la tarifa disfrutada.
La falta de denuncia expresa del contrato por parte del socio, implicará la aceptación tácita de las tarifas aplicables.
Las cuotas abonadas no son reembolsables ni compensables en los periodos no utilizados.
6.2. Forma de pago
Las cuotas correspondientes serán abonadas, con carácter anticipado a la prestación de servicios, debiendo realizarse el pago, en los cinco (5) primeros días del mes.
La forma de pago prioritaria será a través de giro bancario, debiendo entregar el socio a BAKH el correspondiente mandato SEPA debidamente cumplimentado.
Excepcionalmente se admitirán otras formas de pago como tarjeta de crédito y pago en metálico. En este último caso se cobrará un coste adicional de un euro (1€) en concepto de costes de gestión de pagos en metálico.
6.3. Del impago
En los supuestos de impago, se bloqueará, de forma automática, el acceso del socio a las instalaciones.
Si se hubiera optado por el abono de las cuotas por giro bancario y dicho giro resulte devuelto por causas no imputables a BAKH, el socio deberá abonar una penalización de tres euros (3 €), en concepto de gastos bancarios.
Si la situación de impago, no se subsana, con anterioridad al último día del mes de devengo, el contrato que medie se entenderá resuelto.
7. Derecho de desistimiento
Tras la contratación de la condición de socios, o de cualquiera de sus complementos, el socio dispondrá del plazo de 14 días naturales, para desistir del mismo y dejarlo sin efecto.
A tal fin, deberá comunicar expresamente su decisión, dentro del indicado plazo, presentando un escrito firmado a la dirección del centro a través del servicio de recepción y liquidar la parte proporcional de los servicios disfrutados.
8. Acceso a las instalaciones
Será requisito indispensable para el acceso a las instalaciones generales ostentar la condición de socio o BAKH y estar al corriente del pago de las respectivas cuotas.
Dichos accesos serán realizados siempre, empleando el carné acreditativo que BAKH entregará al momento de la contratación.
Los socios bebés e infantiles deberán de tener su propio carneé y hacer uso de él para su entrada y salida de la instalación.
9. Uso de las instalaciones
Existe un reglamento de uso de las instalaciones, de cumplimiento obligatorio para todos los usuarios de las instalaciones de BAKH. Dicho reglamento está a disposición de todos los socios, cursillistas y usuarios tanto en https://www.bakh.es/es/, como en el servicio de recepción
En cualquier caso, el uso que se haga de las instalaciones deberá ser cuidadoso y respetuoso. Los espacios utilizados deben dejarse ordinados y limpios.
10. Reserva de las instalaciones
Siempre y cuando las circunstancias lo permitan, se pondrá a disposición de los socios, instalaciones tales como canchas interiores de baloncesto, cancha polideportiva cubierta, pistas de pádel o tenis, para su uso exclusivo, siempre previa reserva de las mismas.
Se entiende por reserva, el dominio temporal en exclusiva, de un espacio afecto a esta posibilidad, a través del pago de la cantidad establecida por la organización de BAKH.
Las tarifas establecidas para la reserva de instalaciones estarán convenientemente publicadas y comunicados a los socios. Para información de tarifas, condiciones, plazo máximo de pre-reserva, consultar en Recepción.
11. Tratamiento de la publicidad en las instalaciones
Las instalaciones de BAKH podrán ser soporte de publicidad tanto estática como dinámica. BAKH será la única beneficiaria de dicha publicidad.
BAKH no asumirá responsabilidad alguna en relación a los objetos que porten los socios dentro de las instalaciones y, en especial, a la ropa, objetos de valor o dinero en metálico. El socio asume el riesgo de robo, así como el de pérdida de los mismos.
BAKH no asumirá responsabilidad alguna, por los daños personales que puedan ocasionarse como consecuencia de la práctica deportiva, debidos a la condición física del socio. Éste es responsable de evaluar su condición y optar por las actividades que sean más acordes con la misma. Se recomienda consultar con un médico antes de realizar la contratación, sobre todo, en el supuesto de padecer cualquier enfermedad que afecta a la salud.
BAKH no asumirá responsabilidad alguna por los daños y perjuicios que pueda sufrir los socios por el uso inadecuado de la maquinaria deportiva. En caso de tener dudas en el manejo de la misma, se recomienda consultar al personal, antes de su utilización.
13. Terminación del contrato
Tanto el contrato de socio como cualquier otro de prestación de servicios adicionales, podrá darse por terminado en los siguientes supuesto,
- Finalización del plazo inicialmente pactado o de cualquiera de sus prórrogas.
- Por motivos disciplinarios.
- Por impago de cualquier cuota.